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Acta de Asamblea de Cambio de Régimen Jurídico de S.A. a S.A. de C.V.

Actas de asamblea

Concepto

Formalización de acuerdos societarios y modificaciones de capital social

Palabras Clave

Formato Accionistas Transformación Social Aumento De Capital Registro Público De La Propiedad Y Del Comercio Procedimiento De Asamblea Extraordinaria Delegado Especial Requisitos De Suscripción Y Pago Acta Asamblea

Resumen

El objeto principal del documento es formalizar el acta de asamblea general extraordinaria de una Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.) para llevar a cabo cambios en su régimen jurídico, específicamente el aumento de capital social y la transformación de la sociedad en S.A. de C.V. de capital variable, así como la designación de delegado especial para gestionar inscripciones y protocolizaciones ante las autoridades correspondientes.

Los sujetos jurídicos relevantes son los accionistas de la sociedad, en calidad de obligados y beneficiarios, así como el Presidente, Secretario, Escrutadores, Delegado Especial y Notario Público, quienes participan en la adopción, certificación y formalización de los acuerdos sociales.

Las obligaciones y derechos en favor de los accionistas incluyen la suscripción y pago del aumento de capital en la proporción que les corresponda, la preferencia para suscribir nuevos títulos en caso de aumentos, y el derecho a participar en las decisiones de transformación social. La sociedad tiene la obligación de expedir títulos y certificados provisionales que respalden los aumentos y cambios en la estructura de capital, así como inscribir los acuerdos en los libros sociales y en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Los procedimientos y formalidades requeridos comprenden la convocatoria previa y personal de los accionistas, la certificación del quórum mediante escrutinio, la aprobación unánime de los puntos del orden del día, la suscripción y pago de acciones en proporción a la participación, la modificación de cláusulas estatutarias mediante acta protocolizada, y la emisión de títulos representativos del capital social. Además, se deben realizar anotaciones en los libros sociales y gestionar la inscripción en registros públicos mediante la intervención del Delegado Especial ante Notario Público.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la posible nulidad de los acuerdos no adoptados conforme a los proc