Acta Constitutiva de una Sociedad de Producción Rural de R.L. de C.V.
Sociedades mercantilesConcepto
Organización y funcionamiento de sociedad rural de responsabilidad limitada
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por finalidad constituir, regular y administrar una sociedad de producción rural de responsabilidad limitada de capital variable, en adelante la Sociedad, bajo los términos y cláusulas establecidas en la plantilla, en cumplimiento de la legislación mexicana aplicable, en particular la Ley General de Crédito Rural. Su propósito principal es definir la estructura, organización, funcionamiento, derechos y obligaciones de los socios, así como los procedimientos para la admisión, cesión, exclusión, disolución y liquidación de la Sociedad.
Los sujetos jurídicos relevantes son los socios fundadores, quienes suscriben y pagan el capital social, y en su caso, los futuros socios que sean admitidos conforme a los requisitos y trámites establecidos en las cláusulas de admisión y aprobación por la Asamblea General. La Comisión de Administración y la Junta de Vigilancia actúan como órganos de gestión y control, respectivamente, y el Gerente, designado por la Asamblea, ejerce funciones ejecutivas bajo las instrucciones de la Comisión.
Las obligaciones y derechos de los socios incluyen responder hasta el monto de sus aportaciones por las operaciones sociales, participar en las utilidades, asistir a las asambleas, cumplir con los estatutos y las decisiones de la Asamblea, así como realizar aportaciones adicionales para fondos de reserva y capitalización. La Sociedad tiene la facultad de aumentar o disminuir su capital social mediante las vías previstas (revisión de utilidades, nuevas aportaciones, reevaluación del activo), y las cesiones de partes sociales requieren autorización de la mayoría de los socios, con derecho de tanteo en favor de los socios existentes en un plazo de treinta días.
Se establecen procedimientos formales para la admisión de socios, incluyendo la evaluación socioeconómica por la Comisión de Administración y la aprobación por la Asamblea con una mayoría cualificada (tres cuartas partes). La exclusión o separación de socios puede r
