Concepto
Declaración de rebeldía en proceso civil familiar
Palabras Clave
Resumen
El presente fragmento tiene por objeto formalizar el reconocimiento de rebeldía del demandado en un proceso civil, específicamente en el contexto del procedimiento en materia familiar en el Estado de Guerrero.
Los sujetos jurídicos relevantes son el demandado, a quien se le atribuye la rebeldía por no haber contestado la demanda en el plazo establecido, y el Juez que emite la resolución, así como el Secretario de Acuerdos que da fe de la misma.
Se establecen las obligaciones y facultades del órgano jurisdiccional para declarar la rebeldía en caso de inacción del demandado, en conformidad con los artículos correspondientes del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guerrero. La declaración implica que la parte demandada será considerada como acusada en rebeldía, con efectos jurídicos específicos.
El procedimiento requiere que el Juez, tras verificar que el demandado no contestó en el plazo previsto, declare formalmente su rebeldía mediante acuerdo judicial, notificando a las partes y dejando constancia en autos. La formalidad incluye la firma del Juez y la autorización del Secretario de Acuerdos, garantizando la validez del acto.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento del demandado son la declaración de rebeldía, que implica que la parte no contestó en tiempo y forma, y que, en consecuencia, se le tendrá por no contestada la demanda en sentido negativo, permitiendo al proceso continuar con los efectos de la rebeldía. Esto puede afectar derechos de defensa y la valoración probatoria.
No se especifican plazos adicionales en este fragmento, pero el proceso se rige por los términos establecidos en la ley procesal correspondiente, en particular, el cómputo del plazo para contestar la demanda y la notificación de la declaración de rebeldía.
No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en este fragmento; sin embargo, la declaración se realiza en cumplimiento de l
