Concepto
Admisión y tramitación de recurso de revisión fiscal y administrativo
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene por objeto formalizar el Acuerdo de Admisión del Recurso de Revisión presentado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en su Sala Regional correspondiente, con la finalidad de que sea admitido y tramitado conforme a derecho.
Los sujetos jurídicos relevantes en este acto son el actor, quien interpone el recurso en representación de las autoridades demandadas, y las autoridades demandadas mismas, a quienes se les notifica por oficio. Además, interviene el Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa en Turno, como órgano jurisdiccional competente.
El documento establece las obligaciones y facultades del Tribunal, entre ellas:
- Reconocer la recepción del escrito de recurso de revisión presentado en la fecha señalada.
 - Formular la carpeta relativa al recurso, incluyendo las copias exhibidas.
 - Correr traslado del recurso a la parte actora para que comparezca y ejerza sus derechos.
 - Practicar el emplazamiento respectivo y remitir los autos originales del juicio de nulidad al Tribunal Colegiado correspondiente para su sustanciación.
 
En cuanto a las formalidades procesales, se requiere:
- La presentación del escrito de recurso en la fecha señalada.
 - La exhibición de copias del recurso.
 - La notificación personal a la parte actora y por oficio a las autoridades demandadas.
 - La constancia del emplazamiento en autos.
 - La remisión de los autos originales al Tribunal Colegiado.
 
Respecto a las consecuencias jurídicas por incumplimiento, el machote no especifica sanciones explícitas, pero implica que la omisión en la tramitación o en el cumplimiento de las formalidades puede afectar la validez del procedimiento o retrasar la resolución del recurso.
Los plazos y términos están implícitos en la referencia a la fecha de presentación del escrito y en la necesidad de remitir los autos originales una vez que exista constancia del emplazamiento, aunque no se
