Concepto
Procedimiento de revisión de sentencia mediante apelación
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del presente documento es admitir a trámite el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia dictada en un juicio específico, con el fin de dar inicio formal al procedimiento de revisión del acto jurisdiccional.
Los sujetos jurídicos relevantes son el actor o recurrente, identificado por su nombre y calidad, y las demás partes en el juicio, a quienes se les corre traslado del recurso para que dentro de un plazo de cinco días expongan lo que a su derecho convenga. Además, intervienen el Magistrado Instructor designado y el Magistrado Presidente que firma el acuerdo, así como el Secretario General de Acuerdos que da fe del acto.
Las obligaciones y derechos en favor del recurrente incluyen la admisión formal del recurso, la designación del Magistrado Instructor y la notificación personal a las partes, garantizando su derecho a la defensa y al debido proceso. La autoridad judicial tiene la facultad de admitir el recurso, designar al instructor y ordenar las notificaciones correspondientes.
El procedimiento establecido requiere la presentación del escrito de apelación, la admisión del recurso, la exhibición de copias simples, el traslado a las partes, y la notificación personal, en cumplimiento de los términos procesales señalados. La formalidad de la notificación y el traslado aseguran el derecho a la audiencia y la participación efectiva de las partes.
No se establecen expresamente consecuencias jurídicas por incumplimiento en este fragmento, pero la omisión o retraso en el cumplimiento de los trámites podría afectar la validez del procedimiento o la impugnación del acto recurrido.
El plazo para que las partes expongan lo que a su derecho convenga es de cinco días, estableciendo un término procesal claro para la presentación de alegatos o defensas posteriores a la admisión del recurso.
No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en los fragmentos proporc
