Concepto
Formalización de admisión de demanda de amparo en vía directa
Palabras Clave
Resumen
El presente fragmento tiene por objeto formalizar el acuerdo de admisión de una demanda de amparo en la vía directa ante la autoridad jurisdiccional competente en materia laboral, estableciendo el inicio del trámite procesal correspondiente.
Los sujetos jurídicos relevantes son la Secretaría de Acuerdos Interina de la Sala Laboral, en su calidad de autoridad administrativa que da cuenta, y el Ciudadano Licenciado, en su carácter de Magistrado Ponente, además del promovente de la demanda de amparo y su representante y apoderado, quienes actúan en calidad de partes interesadas o legitimadas en el procedimiento.
Se establece que la autoridad administrativa (Secretaría de Acuerdos) tiene la obligación de comunicar y registrar la admisión de la demanda mediante oficio, en el expediente correspondiente, y que esta comunicación constituye el acto formal que da inicio al trámite judicial. Asimismo, la autoridad jurisdiccional (Magistrado Ponente) recibe la información y debe proceder conforme a las formalidades procesales, notificando a las partes.
El procedimiento requiere la presentación del oficio de admisión, su incorporación a los autos del expediente de amparo, y la notificación a las partes involucradas, garantizando la transparencia y la validez del trámite. La formalidad de la firma del Magistrado Ponente y del Secretario de Acuerdos acredita la autenticidad del acuerdo.
No se señalan consecuencias específicas por incumplimiento en este fragmento, aunque la omisión de formalidades o la no notificación podrían afectar la validez del acto procesal, en línea con las reglas generales de legalidad y debido proceso.
El acuerdo se realiza en un momento procesal determinado, sin especificar plazos o términos concretos, aunque implícitamente se entienden los plazos administrativos y judiciales previstos en la ley de amparo y procedimientos internos.
No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias ni supuestos especiales en este fragmento, dado
