Acuerdo que declara competente el juzgado para conocer del juicio recusado
AcuerdosConcepto
Declaración de competencia judicial y formalización del acuerdo
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es declarar la competencia del juzgado para conocer del juicio recusado, formalizando la admisión y reconocimiento de la autoridad judicial para continuar con el trámite del asunto.
Los sujetos jurídicos relevantes son el Juez de lo Civil, las partes en el juicio (demandante y demandado), y el Secretario de Acuerdos. La autoridad judicial (Juez y Secretario) actúan en su calidad de responsables de la tramitación y formalización del acuerdo.
Se establecen obligaciones a cargo del juzgado, como la formación del expediente, el registro en el libro de gobierno, y la notificación a las partes sobre la competencia del juzgado. Las partes tienen la obligación de señalar domicilio en la ciudad para efectos de notificación, bajo apercibimiento de que si no lo hacen, las notificaciones se realizarán por medio de cédula fijada en los estrados.
El procedimiento consiste en la emisión de un acuerdo formal que declara la competencia, la formación del expediente, su registro en el libro de gobierno, y la notificación a las partes. Se requiere que las partes sean notificadas en los términos establecidos, reanudándose los términos suspendidos al día siguiente de la notificación.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la posible nulidad de la notificación si las partes no señalan domicilio, y la validez del acuerdo de competencia si se cumplen los requisitos formales. Además, la falta de señalamiento de domicilio puede implicar que las notificaciones se realicen por medio de cédula en los estrados, afectando el derecho a la defensa.
No se especifican plazos o términos precisos en el fragmento, pero se indica que las notificaciones y reanudaciones se realizan al día siguiente de la notificación del acuerdo, estableciendo un marco temporal para la continuidad del proceso.
No se contemplan excepciones, condiciones suspensivas o resolutorias en el fragmento analizado. Sin embargo, se establecen formalidades específicas
