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Acuerdo que recae el escrito por el cual la viuda promueve alimentos con cargo a la masa hereditaria

Acuerdos

Concepto

Reclamación de alimentos con cargo a la masa hereditaria en proceso incidental

Palabras Clave

Formato Partes Promoventes Notificación A Herederos Procedimiento Incidental Audiencia De Pruebas Formalidades Procesales Plazos Y Términos Consecuencias Por Incumplimiento Acuerdo Recae

Resumen

El presente documento tiene por objeto formalizar el acuerdo mediante el cual la viuda promueve la reclamación de alimentos con cargo a la masa hereditaria en el marco de un proceso incidental.

Los sujetos jurídicos relevantes son la parte promovente, en este caso la viuda o C. [nombre], y los herederos o terceros con interés en el patrimonio, a quienes se les notifica en los domicilios señalados en autos.

Se establecen las obligaciones y derechos de la parte promovente de presentar el escrito incidental, acompañando copia simple de los documentos que lo respaldan, y de los herederos de manifestar lo que a su derecho convenga tras ser notificados.

El procedimiento contempla la formación de expediente y su registro en el libro de gobierno, con la asignación de un número de expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 955 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Además, se señala la notificación a los herederos en sus domicilios y la audiencia de desahogo de pruebas, que deberá celebrarse en la fecha y hora señaladas, previa autorización del juez.

Se establecen las formalidades procesales de notificación y la convocatoria a audiencia, en la cual se practicarán las pruebas correspondientes. La autoridad judicial, representada por el C. Juez Licenciado [nombre], y el Secretario de acuerdos, dan fe de la resolución.

No se detallan consecuencias específicas por incumplimiento en este fragmento, pero en la práctica, la omisión de presentar documentos, notificar correctamente o asistir a la audiencia podría derivar en la nulidad del acto, resoluciones desfavorables o imposiciones de sanciones procesales.

Los plazos y términos se establecen en la citación para la audiencia, señalando día y hora específicos, en los que deben cumplirse los actos procesales. La vigencia del acuerdo está condicionada a la realización de dichas diligencias en los términos