Concepto
Inicio y tramitación de averiguación previa en delitos de propiedad intelectual e industrial
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene como objeto formalizar el inicio de una averiguación previa en el ámbito de delitos relacionados con la propiedad intelectual e industrial en México, específicamente en el marco de una Fiscalía Especial. Su finalidad principal es registrar y dar apertura a la investigación penal correspondiente, asegurando la tramitación adecuada de las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos probablemente constitutivos de delito, en protección de los intereses de los Representados y en contra de quienes resulten responsables.
Los sujetos jurídicos relevantes en este acuerdo son: la Mesa de control de la Fiscalía Especial de Delitos de Propiedad Intelectual e Industrial, la Representación Social de la Federación (que actúa en nombre del Ministerio Público), el promovente o querellante (quien presenta la denuncia), y los testigos de asistencia que firman al final del acuerdo. Además, participan el agente del Ministerio Público y los funcionarios de la Fiscalía encargados de la tramitación y seguimiento de la averiguación previa.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor de la autoridad incluyen:
- La orden de inicio formal de la averiguación previa, con registro en el Libro de Gobierno correspondiente.
- La práctica de todas las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, incluyendo la citación del promovente para ratificar su querella.
- La adopción de medidas que sean ordenadas para la investigación, en cumplimiento de los artículos y normativas aplicables (constitucionales, legales, reglamentarias).
Los procedimientos y formalidades requeridos comprenden:
- La recepción y registro de la querella y la averiguación previa.
- La citación del promovente para que ratifique su escrito inicial.
- La práctica de diligencias ordenadas por la autoridad.
- La firma y autorización del agente del Ministerio Público y los testigos de asiste
