Concepto
Formalización y notificación de la contestación en proceso de apelación
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del presente documento es formalizar la contestación al recurso de apelación interpuesto en un proceso judicial, con la finalidad de que el tribunal de segunda instancia tenga por presentado dicho escrito y lo considere en su resolución.
Los sujetos jurídicos relevantes son el apelante (quien interpone el recurso), el apelado (parte que contesta la apelación), y el Juez de lo Familiar del Distrito Federal, quien actúa en su carácter jurisdiccional y firma el acuerdo.
Se establecen las obligaciones y facultades de las partes y del tribunal, destacando que el escrito de contestación se presenta en tiempo y forma, y que se señala domicilio para recibir notificaciones en segunda instancia, así como la autorización de profesionistas para recibir notificaciones en nombre de la parte.
El procedimiento contempla la formalidad de remisión del expediente al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, incluyendo la sentencia recurrida, el escrito de interposición del recurso y la contestación a los agravios, con el fin de que dicho tribunal conozca y resuelva el asunto.
Las formalidades procesales incluyen la presentación en tiempo y forma del escrito, la designación de domicilio para notificaciones, y la remisión del expediente completo, todo con base en los artículos 688 y 693 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
No se especifican consecuencias jurídicas por incumplimiento en el fragmento, pero en la práctica, la omisión de formalidades o la presentación extemporánea podría acarrear la inadmisión del recurso o la nulidad de la actuación.
No se establecen plazos o términos específicos en el fragmento, aunque se indica que la contestación debe presentarse en tiempo y forma, y que el expediente debe remitirse para que el tribunal lo conozca.
No se contemplan condiciones suspensivas o resolutorias en los fragmentos analizados; sin embargo, el cumplimiento de las for
