Concepto
Formalización y aprobación de acuerdos probatorios en proceso penal
Palabras Clave
Resumen
El presente documento tiene como objeto formalizar los acuerdos probatorios dentro de la etapa intermedia del proceso penal, específicamente en el proceso número y expediente correspondiente, ante la autoridad jurisdiccional competente (Juez de Control del Estado de Chihuahua). Su finalidad principal es establecer de manera clara y formal las convenciones probatorias aceptadas por las partes, que servirán de base para el juicio oral.
Los sujetos jurídicos relevantes son el querellante, representado por su abogado, y el imputado, también asistido por su defensor legal, en calidad de partes procesales con interés en la presentación y valoración de la prueba.
El documento otorga a las partes derechos y facultades tales como:
- La presentación de una cantidad determinada de testigos (hasta un número máximo acordado).
- La incorporación de pruebas documentales pertinentes a la causa.
- La presentación de informes periciales en puntos específicos, con un límite en el número de informes y en los temas a tratar.
Asimismo, las partes tienen la obligación de respetar los límites establecidos en cuanto a la cantidad de pruebas y las formalidades de su presentación, así como la facultad de reservar su derecho para mejorar, ampliar o presentar pruebas supervenientes, garantizando así la flexibilidad en la fase probatoria.
En cuanto a las formalidades procesales, el documento establece que las convenciones probatorias deben ser presentadas y aprobadas por el juez de control, y que las partes deben manifestar su conformidad mediante una protesta formal, en cumplimiento de los requisitos de legalidad y validez del acuerdo.
Las consecuencias jurídicas por el incumplimiento o la inobservancia de estas convenciones no se expresan explícitamente en el fragmento, pero se deduce que la aprobación por parte del juez y el cumplimiento de las formalidades son esenciales para la validez del acuerdo probatorio, por
