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Asamblea Extraordinaria Cambio de Razón Social de SA de CV

Sociedades mercantiles

Concepto

Procedimiento de reforma estatutaria en sociedades anónimas de capital variable

Palabras Clave

Formato Accionistas Reforma Estatutaria Convocatoria Asamblea Representación Social Procedimiento Protocolización Validez Formal Consecuencias Nulidad Asamblea Extraordinaria

Resumen

El presente documento tiene por objeto formalizar la aprobación de una reforma estatutaria mediante la modificación de la cláusula Primera de los Estatutos Sociales, específicamente para cambiar la razón social de la Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.). La finalidad principal es actualizar la denominación social de la entidad, asegurando su validez y legalidad conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).

Son sujetos jurídicos relevantes los accionistas de la sociedad, en su calidad de propietarios del capital social, así como los representantes legales y, en su caso, los miembros del consejo de administración. Además, participan los delegados especiales designados para la protocolización ante notario público y la realización de trámites ante las autoridades correspondientes.

Las obligaciones y facultades en favor de los accionistas incluyen su participación en la asamblea, la discusión y aprobación por unanimidad de la reforma estatutaria, y la designación de delegados para la protocolización del acta. La asamblea, en su carácter de órgano soberano, tiene la facultad de aprobar cambios en los estatutos sociales, siempre que se cumpla con la representación del 100% del capital social en las votaciones, garantizando la validez de la reforma.

Se establecen procedimientos formales para la celebración de la asamblea, incluyendo la convocatoria, la asistencia, la integración de la lista de asistencia, la designación de escrutadores, y la elaboración del acta respectiva. La presencia del 100% de las acciones en el momento de las votaciones es requisito para la validez de los acuerdos, y la firma del presidente y secretario acredita la legalidad de la sesión.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o irregularidades en estos procedimientos pueden incluir la nulidad de los acuerdos adoptados si no se cumplen los requisitos de representación o de convocatoria, o si no se respetan las formalidades estatutarias y legales. La validez de