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Asamblea Extraordinaria Liquidación Definitiva de S.A. de C.V.

Actas de asamblea

Concepto

Procedimiento de liquidación y extinción societaria

Palabras Clave

Formato Accionistas Liquidación Definitiva Balance Final Protocolización Registro Público De Comercio Notario Público Plazos Publicación Asamblea Extraordinaria

Resumen

El objeto principal del presente documento es formalizar la celebración de una Asamblea Extraordinaria de Accionistas de una sociedad anónima de capital variable (S.A. de C.V.) con la finalidad específica de aprobar y dar por concluida la liquidación definitiva de la sociedad. La asamblea tiene como propósito verificar la existencia y representación del capital social, aprobar el balance final de liquidación publicado conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), y autorizar la protocolización y registro de los actos relativos a la terminación de la sociedad.

Los sujetos jurídicos relevantes en este acto son los accionistas (o sus representantes legales), en su calidad de titulares del capital social, así como el Liquidador Único, quien ostenta la facultad de concluir formalmente el proceso de liquidación. También participan en calidad de órganos sociales el Presidente y el Secretario de la asamblea, así como los escrutadores encargados de certificar la asistencia y el quórum.

Las obligaciones y derechos establecidos en favor de los accionistas incluyen la aprobación del balance final de liquidación publicado en cumplimiento del artículo 247 de la LGSM, la aceptación de la terminación de la liquidación, la entrega de los títulos de acciones, y la autorización para la protocolización e inscripción en el Registro Público de Comercio. En favor del Liquidador, se establece la facultad de proceder a la protocolización y cierre formal del proceso, liberando a los accionistas de responsabilidades futuras.

El procedimiento legal y formal que se requiere implica la convocatoria previa, la celebración de la asamblea en la que se verifica el quórum con la totalidad del capital social representado, la lectura y aprobación del balance final de liquidación, y la firma del acta por parte del Presidente, Secretario y Liquidador. Además, se debe protocolizar el acta ante Notario Público y realizar la inscripción en el Registro Público de