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Asamblea de Socios de Sociedad Civil

Actas de asamblea

Concepto

Formalización y legalización de actas de asamblea en sociedades civiles

Palabras Clave

Formato Socios Capitalistas Revocación De Poderes Procedimiento Notarial Quórum Y Asistencia Formalidades Estatutarias Inscripción En Registros Públicos Consecuencias Nulidad Asamblea Socios

Resumen

El presente documento tiene como objeto principal la formalización de la acta de asamblea general de socios de sociedad civil, en la cual se llevan a cabo la instalación, deliberación y resolución de asuntos relevantes para la sociedad, específicamente en relación con la revocación y otorgamiento de poderes. La finalidad es dejar constancia de las decisiones adoptadas por los socios en ejercicio de sus derechos sociales, en cumplimiento de los estatutos sociales y la legislación aplicable.

Los sujetos jurídicos relevantes incluyen a los socios capitalistas, sus representantes legales (en caso de personas morales), así como a los escrutadores designados para verificar la asistencia y el quórum. También intervienen el Presidente y el Secretario de la asamblea, quienes actúan en función de los cargos establecidos, y en algunos casos, los delegados especiales designados para protocolizar el acta ante notario público.

Las obligaciones y derechos establecidos comprenden la participación en la asamblea, la aprobación de resoluciones relativas a la revocación y otorgamiento de poderes, y la designación de delegados para efectos notariales. La asamblea tiene la facultad de aprobar o revocar poderes otorgados previamente, en ejercicio de la autonomía societaria, y de constatar la totalidad del capital social representado, asegurando la validez y legalidad de la sesión.

Los procedimientos y formalidades requeridos incluyen la convocatoria previa (aunque en el machote se señala que no fue publicada, la asamblea se considera válida por la presencia de todos los socios), la instalación formal con verificación del quórum, la designación de escrutadores, y la redacción y firma del acta por parte del Presidente y el Secretario. Además, se especifica la designación de delegados para protocolizar las resoluciones ante notario, conforme al artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, garantizando