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Auto que admite pruebas ofrecidas por la defensa II

Pruebas en l el sistema penal acuasatorio

Concepto

Audiencia de etapa intermedia en proceso penal

Palabras Clave

Formato Juez Pruebas Procedimiento Penal Formalidades Procesales Recursos De Apelación Sanciones Derechos De Las Partes Auto Admite

Resumen

El objeto principal del documento es dejar constancia del desarrollo de la audiencia de etapa intermedia en un proceso penal, incluyendo la admisión, desahogo y valoración de pruebas, así como los acuerdos procesales correspondientes. Su finalidad es formalizar las actuaciones previas al juicio oral, asegurando la legalidad y la transparencia del procedimiento.

Los sujetos jurídicos relevantes son el juez, la secretaria, el Ministerio Público, la defensa, el acusado, los testigos, peritos y otros auxiliares, además de las partes que intervienen en la audiencia (acusado, defensa, Ministerio Público, ofendido en su caso). También participan los citados y las personas que intervienen en la práctica de las pruebas.

Las obligaciones, derechos y facultades establecidas en favor de las partes incluyen: el derecho del juez de admitir o rechazar pruebas, ordenar su práctica y garantizar el respeto a las formalidades procesales; el derecho del Ministerio Público y la defensa de ofrecer y desahogar pruebas; y la obligación de las partes de comparecer, presentar sus medios de prueba en tiempo y forma, y respetar el orden y las reglas del procedimiento.

Los procedimientos y formalidades requeridos comprenden: la apertura de la audiencia, la lectura de las constancias previas, la formulación de acuerdos probatorios, la admisión y desahogo de pruebas (testimoniales, periciales, inspecciones judiciales, etc.), la notificación a los citados mediante citatorios, y la documentación videograbada de todo lo acontecido. Además, se establecen los pasos para la resolución de objeciones, la práctica de pruebas y la eventual suspensión o continuación del acto.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la imposición de multas, arresto o sanciones disciplinarias en caso de alteración del orden, así como la posible nulidad de actuaciones si se vulneran formalidades esenciales. La incomparecencia de los citados puede implicar sanciones y la práctica forzada de las pruebas.

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