Concepto
Declaración de incompetencia en proceso de amparo
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es emitir un auto de incompetencia atendiendo a la materia, en el contexto de un procedimiento de amparo promovido contra actos del juez penal y otras autoridades relacionadas con una orden de identificación administrativa.
Los sujetos jurídicos relevantes son el promovente de la demanda de amparo, quien actúa en su propio derecho, y las autoridades demandadas, específicamente el juez penal del Distrito Federal y el juez de Distrito en materia penal en turno.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del órgano jurisdiccional incluyen:
- La obligación de registrar la demanda en el libro auxiliar de gobierno y formar el cuaderno de antecedentes.
- La facultad del juez para declarar su incompetencia por razón de la materia y remitir la demanda al juez competente.
- La facultad del juez para solicitar al juez de Distrito en materia penal que informe si acepta o rechaza la declinatoria de competencia.
- La obligación de notificar la resolución a las partes.
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:
- La admisión de la demanda y su registro formal.
- La declaración de incompetencia mediante auto motivado, fundamentado en los artículos constitucionales y legales aplicables.
- La remisión de la demanda y copias al juez competente.
- La solicitud formal de aceptación o rechazo de competencia por parte del juez de destino.
- La notificación del auto a las partes.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o en caso de decisión favorable a la declinatoria incluyen:
- La remisión de la demanda al juez competente, limitando la competencia del órgano que emite el auto.
- La posible nulidad o improcedencia de la demanda si no se realiza la declinatoria adecuada o si no se remite oportunamente.
- La imposibilidad de que el juez que declara su incompetencia conozca del fondo del asunto.
No se establecen plazos específicos en el fragmento, pero se indica que la remisión y aceptación deben real
