Auto en el que se niega la orden de aprehensión por requisitos del artículo 16 Constitucional
Práctica forense de jucio oral penalConcepto
Resolución judicial que niega orden de aprehensión
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es emitir una resolución judicial que niega la orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público, fundamentándose en la inexistencia de los requisitos constitucionales y legales exigidos para su procedencia, específicamente en relación con el artículo 16 constitucional y el Código de Procedimientos Penales del Estado correspondiente.
Los sujetos jurídicos relevantes incluyen al Juez de Control, el Ministerio Público, el imputado o indiciado, y en su caso, las autoridades policiales que realizaron la detención. La resolución determina las obligaciones del Juez de Control de resolver dentro del plazo legal, y las obligaciones del Ministerio Público de presentar la solicitud fundamentada y motivada, además de notificar la resolución.
Se establecen procedimientos formales que comprenden la integración de las actuaciones en el proceso penal, la revisión de los requisitos constitucionales y legales para la emisión de la orden de aprehensión, y la resolución motivada basada en la falta de cumplimiento de dichos requisitos. La resolución también contempla la formalización mediante firma del Juez y del Secretario de Acuerdos, así como la notificación correspondiente.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de los requisitos señalados incluyen la nulidad de la orden de aprehensión solicitada y la declaración de improcedencia de su emisión, garantizando la protección de los derechos constitucionales del imputado, en particular la garantía de formal denuncia. La resolución también implica la obligación de las autoridades de cumplir con la orden judicial y de informar al Ministerio Público sobre la resolución emitida.
No se especifican plazos o términos adicionales en el fragmento, pero se señala que la resolución debe ser notificada y cumplida, en cumplimiento con los procedimientos procesales establecidos.
No se identifican condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en los fragmentos anali
