Ofrecimiento de Careos dentro del Plazo para Dictar el Auto de Vinculación a Proceso
Práctica forense de jucio oral penalConcepto
Solicitud formal para la práctica de prueba de careo en proceso penal
Palabras Clave
Resumen
El objeto o propósito principal del documento es solicitar formalmente al Juez de Control la admisión y práctica de la prueba de careo dentro del proceso penal, específicamente entre el defensor y el ofendido, así como entre el defensor y los testigos de cargo, debido a contradicciones en sus declaraciones.
Los sujetos jurídicos relevantes son: el abogado defensor del indiciado, el indiciado, el juez de control, el ofendido y los testigos de cargo. El documento busca que estos sujetos participen en la práctica de la prueba solicitada.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del solicitante (el defensor) consisten en ofrecer la prueba de careo dentro del término constitucional, fundamentándose en los artículos 19 y 20 Apartado B fracción IV Constitucional, y solicitar formalmente al juez que provea conforme a derecho.
Los procedimientos y formalidades requeridas incluyen: presentar la solicitud por escrito en el término constitucional, fundamentar la petición en las disposiciones constitucionales, y solicitar al juez que provea conforme a derecho. Además, se requiere la firma del solicitante y la fecha de emisión del documento.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se especifican en el fragmento, pero implícitamente, la negativa del juez a proveer la prueba podría afectar la defensa del indiciado, mientras que la aceptación podría conducir a la práctica de la misma y su incorporación al proceso.
El plazo o término relevante es el "Termino Constitucional", en el cual el defensor debe ofrecer la prueba, garantizando el ejercicio del derecho a la defensa y a la contradicción.
No se mencionan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en el fragmento analizado.
La relación con figuras jurídicas generales o con otras cláusulas del mismo documento es que la solicitud de careo se fundamenta en derechos constitucionales de protección y debido proceso, y está vinculada a la fase procesal en la que se admite
