Ofrecimiento de Pruebas por parte del Ministerio Público para el Auto de Vinculación a Proceso - Delito Hostigamiento Sexual
Pruebas en el procesó penal acuasatorioConcepto
Procedimiento de ofrecimiento y práctica de pruebas en control de proceso penal
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es la oferta de pruebas por parte del Ministerio Público dentro del plazo legal establecido para la vinculación a proceso por delito de hostigamiento sexual. La finalidad es solicitar que el juez admita y practique las pruebas señaladas, considerando su importancia para la resolución del asunto y en cumplimiento del plazo constitucional establecido en el artículo 19.
Los sujetos jurídicos relevantes son el Ministerio Público adscrito al juzgado correspondiente, el Juez de Control de lo penal, y el imputado (inculpado). Además, se identifican los peritos y testigos propuestos por la parte fiscal, así como el representante social que actúa en nombre del Ministerio Público.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del Ministerio Público incluyen la ofrecimiento formal de pruebas (testimoniales y periciales), la solicitud de diligencias (libre oficio al Director de Servicios Periciales), y la petición de admisión y señalamiento de fecha para su desahogo. En favor del juez, recae la facultad de admitir las pruebas y fijar la fecha para su práctica, en atención a la importancia de dichas diligencias para la resolución del proceso.
Se establecen procedimientos formales como la presentación del escrito de ofrecimiento de pruebas, la solicitud formal de diligencias periciales, y la petición de admisión por parte del juez. La práctica de las pruebas debe realizarse en la etapa procesal correspondiente, respetando los plazos constitucionales, particularmente el plazo de 19 días para la vinculación a proceso.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se especifican expresamente en el fragmento, pero en la práctica, la no admisión o práctica de las pruebas en los términos señalados puede afectar la valoración probatoria y la resolución del proceso, pudiendo derivar en nulidades o en la vulneración del derecho a una defensa adecuada.
El plazo relevante es
