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Auto en el que se ordena la presentación del inculpado ante los peritos médicos forenses

Pruebas en l el sistema penal acuasatorio

Concepto

Orden judicial para reconocimiento médico en proceso penal

Palabras Clave

Formato Juez De Lo Penal Reconocimiento Médico Forense Derechos Del Inculpado Procedimiento Probatorio Formalidades Procesales Plazos Razonables Valoración De Lesiones Auto Ordena

Resumen

El presente fragmento tiene por objeto ordenar la presentación del inculpado ante peritos médicos forenses con la finalidad de realizar un reconocimiento médico y determinar su estado de salud y posibles lesiones.

Son sujetos jurídicos relevantes: el órgano jurisdiccional (Juez de lo penal), el defensor del inculpado, el indiciado, y los peritos médicos forenses adscritos al Servicio Médico Forense, así como el Director del Reclusorio Preventivo.

Las obligaciones y facultades establecidas en favor del órgano jurisdiccional incluyen ordenar y gestionar el reconocimiento médico del inculpado, así como emitir oficios a las autoridades penitenciarias para que trasladen al indiciado a disposición de los peritos.

Se requiere cumplir con las formalidades procesales de redacción de un auto formal, en el cual se detallen los datos de la causa, la solicitud del defensor, y las instrucciones precisas para la realización del reconocimiento médico, incluyendo la remisión del indiciado y la comunicación con las instituciones penitenciarias.

No se especifican consecuencias jurídicas directas por incumplimiento en este fragmento, pero en la práctica, la omisión de ordenar o realizar el reconocimiento puede afectar la valoración probatoria y la valoración del estado de salud del inculpado.

No se establecen plazos específicos en este fragmento, aunque la referencia a la fecha y lugar indica la necesidad de realizar el procedimiento en un plazo razonable y dentro del proceso penal.

No se mencionan condiciones suspensivas o resolutorias, ni supuestos especiales; sin embargo, la orden de reconocimiento médico está condicionada a la solicitud del defensor y a la disponibilidad de los peritos.

Este auto se relaciona con figuras jurídicas de orden procesal, como la diligencia de reconocimiento médico, y con otras cláusulas del proceso penal que regulan la valoración de pruebas y derechos del inculpado, en particular, el derecho a la salud y a la defensa técnica.

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