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Auto que autoriza traer los autos a la vista para que se dicte sentencia

Juicio de usucapion

Concepto

Autorización judicial para traer autos a la vista

Palabras Clave

Formato Juez De Lo Civil Partes Procesales Orden De Presentación Procedimiento De Incorporación Normativa Procesal Diligencia Judicial Continuidad Del Proceso Auto Autoriza

Resumen

El objeto principal del documento es autorizar la apertura de los autos a la vista del tribunal para la emisión de la sentencia correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 87 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Los sujetos jurídicos relevantes son el juez de lo civil, la parte solicitante (representada por su apoderado o abogado), y el Secretario de Acuerdos que actúa en el procedimiento.

Se establecen las facultades del juez para ordenar que los autos sean traídos a la vista, en respuesta a la petición de la parte interesada, y con fundamento en la normativa procesal aplicable.

El procedimiento consiste en la incorporación del escrito de cuenta presentado por la parte solicitante a los autos, y en la orden del tribunal para que los autos sean traídos a la vista, notificándose dicha resolución a las partes.

No se especifican consecuencias jurídicas por incumplimiento en este fragmento; sin embargo, la omisión de la orden o la inobservancia de la misma podría afectar la tramitación del proceso o la validez de las resoluciones.

No se mencionan plazos, términos o vigencias específicos en este fragmento, aunque la orden de traer los autos a la vista se realiza en el momento procesal correspondiente.

No se contemplan condiciones suspensivas, resolutorias u otros supuestos especiales en el texto proporcionado.

Este acto procesal se relaciona con las figuras de ordenamiento judicial y diligencia procesal, y puede estar vinculado con otras resoluciones o etapas del procedimiento en que se requiera la vista de los autos para la emisión de sentencia.

En síntesis, el machote establece la facultad del juez para ordenar la presentación de los autos a la vista, en atención a la petición de la parte interesada y en cumplimiento de la normativa procesal, garantizando la continuidad y legalidad del trámite judicial.