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Citación a la primera reunión de mediación

Medios alternativos en la rama penal

Concepto

Convocatoria formal a mediación en resolución alternativa de conflictos

Palabras Clave

Formato Sujetos Jurídicos Citados Principios De Confidencialidad Procedimiento De Mediación Obligaciones De Asistencia Reprogramación De Cita Costos Compartidos Actuación Del Mediador Citación Primera

Resumen

El presente documento tiene por objeto convocar formalmente a la parte citada a participar en la primera reunión de mediación en el contexto de un proceso alternativo de resolución de conflictos, promoviendo la conciliación y el acuerdo entre las partes involucradas.

Son sujetos jurídicos relevantes en este acto el citado (persona a quien se dirige la citación) y, en su caso, sus asesores jurídicos o personas de confianza que puedan acompañarlo durante el proceso de mediación.

Se establecen las obligaciones del citante de asistir puntualmente a la reunión en la fecha, hora y domicilio indicados, así como la facultad del citado de comunicar su imposibilidad de asistir con una anticipación mínima de tres días hábiles mediante medios telefónicos, fax o correo electrónico, para reprogramar la cita.

El documento especifica que la participación en la mediación es voluntaria, dejando en claro que el proceso no tiene carácter obligatorio ni vinculante, y que la decisión de continuar o desistir es de la parte citada. Además, se permite la presencia de un asesor jurídico o persona de confianza, sin que ello sea requisito indispensable.

Se destacan los principios rectores del proceso de mediación, como la confidencialidad, la imparcialidad y la informalidad, orientados a facilitar la satisfacción de los intereses de las partes, procurando un acuerdo que garantice el compromiso y el cumplimiento futuro, además de preservar la relación intersubjetiva.

En cuanto a las costas del proceso, se establece un honorario de $__________ por cada hora de reunión, que será distribuido entre las partes según lo acuerden, constituyendo un gasto compartido.

El documento también señala que la actuación del mediador está sujeta a principios de confidencialidad y neutralidad, y que la participación no genera derechos ni obligaciones más allá del proceso de mediación, reforzando la naturaleza voluntaria y confidencial del pr