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Comparecencia del autor de un documento privado

Pruebas en l el sistema penal acuasatorio

Concepto

Reconocimiento y autenticación de documento privado mediante comparecencia formal

Palabras Clave

Formato Compareciente Poder Notarial Firma Autógrafa Certificación Documental Reconocimiento De Contenido Procedimiento Notarial Responsabilidad Por Falsedad Comparecencia Autor

Resumen

El presente fragmento tiene como objeto principal la comparecencia del autor de un documento privado para acreditar la autenticidad y reconocimiento del contenido del mismo, así como la validez de la firma que lo calza.

Los sujetos jurídicos relevantes en este acto son el compareciente, quien declara ser apoderado de una parte (persona o entidad representada), y quien presenta el documento privado, además del notario o autoridad que recibe la comparecencia.

Se establecen las facultades del compareciente al presentar el documento, específicamente su calidad de apoderado y la comprobación mediante copia certificada del poder notarial, solicitando la devolución del original y la incorporación de la copia al expediente. La declaración reconoce el contenido del documento y la firma del declarante, quien afirma que la firma fue puesta por su puño y letra.

El procedimiento formal requiere la citación previa, la presencia del compareciente, la exhibición del documento, la certificación del poder notarial, y la declaración de reconocimiento de firma y contenido. La diligencia culmina con la firma de los intervinientes y la manifestación de fe por parte del funcionario.

No se especifican en este fragmento consecuencias jurídicas directas por incumplimiento, pero en la práctica, la falta de reconocimiento, falsedad en la firma, o irregularidades en la comparecencia podrían generar nulidad del acto, responsabilidad por falsedad, o la invalidez del reconocimiento.

No se mencionan plazos, términos, ni condiciones suspensivas o resolutorias en este fragmento, dado que su naturaleza es de acto de comparecencia y reconocimiento formal.

Tampoco se establecen excepciones o supuestos especiales, ni condiciones adicionales, por lo que la validez del acto depende del cumplimiento de los requisitos formales y de la veracidad de las declaraciones.

Finalmente, la relación con figuras jurídicas generales radica en que este documento funciona como