Comparecencia del Defensor para Certificar Lesiones del Inculpado
Pruebas en el procesó penal acuasatorioConcepto
Procedimiento de inspección judicial y certificación de lesiones en proceso penal
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar la realización de una inspección judicial y la certificación de lesiones en la persona del inculpado, con el fin de acreditar la existencia, características y circunstancias de las lesiones que pudiera presentar.
Los sujetos jurídicos relevantes son el defensor particular del inculpado, el inculpado mismo, el órgano jurisdiccional (Juzgado Penal), el Secretario de Acuerdos, y los peritos del Servicio Médico Forense. El defensor actúa en representación del inculpado, quien es la parte interesada en la obtención de la certificación médica.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del defensor incluyen solicitar formalmente la inspección judicial y la intervención del Servicio Médico Forense, así como requerir peritos para que reconozcan y determinen la existencia y características de lesiones. La autoridad judicial está obligada a autorizar y coordinar dichas diligencias, auxiliándose del Secretario de Acuerdos y peritos.
Los procedimientos y formalidades consisten en: 1) solicitar al órgano jurisdiccional la realización de una inspección en la persona del inculpado, certificando lesiones y describiendo sus características; 2) requerir al Servicio Médico Forense la valoración médica, reconocimiento, determinación de lesiones, identificación de instrumentos causantes, fecha de ocurrencia, estado de novedad, tiempo de sanación y posibles secuelas. Todo ello mediante solicitudes formales y actas que constaten las actuaciones.
Respecto a las consecuencias jurídicas por incumplimiento, el machote no especifica penalidades directas, pero en la práctica, la omisión de realizar las diligencias solicitadas podría afectar la valoración probatoria y la defensa del inculpado, pudiendo derivar en nulidades o en la falta de prueba suficiente para la resolución del asunto.
No se establecen plazos, términos o vigencias específicos en el fragmento, pero las diligencias deben realizarse en el marco del proceso jud
