Contestación a la Demanda de Nulidad de Convenio de Usufructo por Tercero
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Defensa en juicio civil por nulidad de convenio de usufructo
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es presentar la contestación a una demanda de nulidad de convenio de usufructo promovida por un tercero, en la que el demandado busca defenderse de las pretensiones del actor y ejercer sus derechos procesales.
Los sujetos jurídicos relevantes son el demandado, quien actúa en su propio nombre y en calidad de heredero preferente, y el actor, quien promueve la demanda. Además, intervienen terceros como los CC. Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal, en calidad de testigos o partes ofrecidas en las pruebas.
Las obligaciones y facultades establecidas en favor del demandado incluyen:
- Contestar la demanda en los términos que se exponen.
 - Ofrecer y practicar pruebas (confesional, testimonial, documental privada y pública) para fundamentar su defensa.
 - Solicitar la admisión de las pruebas y la declaración de los hechos controvertidos.
 - Proveer lo que en derecho proceda, incluyendo la aceptación de la contestación y las pruebas ofrecidas.
 
Las formalidades y procedimientos requeridos comprenden:
- La contestación formal de la demanda, señalando hechos y derechos.
 - La oferta de pruebas mediante escrito, especificando los medios probatorios y sus sujetos.
 - La solicitud de citación personal de los testigos y las partes, y la presentación de los documentos en los términos establecidos.
 - La firma y firma de protesta en los términos legales.
 - La petición al tribunal para que tenga por contestada la demanda, por ofrecidas las pruebas, y por lo demás que en derecho proceda.
 
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o errores en la contestación o en la presentación de pruebas pueden incluir la confesión legal por incomparecencia, la improcedencia de la defensa, o la imposición de sanciones procesales. La falta de autorización del Comisariado Ejidal para promover el juicio, por ejemplo, puede generar la **falta de legitimació
