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Contestación al Incidente de Preferencia y Exclusión de Herederos

Juicio sucesorio

Concepto

Contestación a incidente de preferencia y exclusión de herederos en proceso familiar

Palabras Clave

Formato Juez De Lo Familiar Partes Interesadas Desahogo Del Traslado Fundamentación Jurídica Requisitos Formales Plazos Procesales Consecuencias De Incumplimiento Contestación Incidente

Resumen

El objeto principal del documento es presentar la contestación al incidente de preferencia y exclusión de herederos, en el contexto de un proceso familiar, mediante un escrito formal dirigido al Juez de lo Familiar.

Los sujetos jurídicos relevantes son el promovente (quien presenta la contestación) y el Juez de lo Familiar, autoridad competente para resolver el incidente. El promovente actúa en calidad de parte interesada o representante en el proceso, con la finalidad de defender sus derechos o intereses.

Las obligaciones establecidas en favor del promovente consisten en desahogar el traslado del incidente, contestando las pretensiones y argumentos de la parte adversa, así como fundamentar y justificar su posición jurídica. El promovente tiene la facultad de solicitar la resolución favorable del incidente, promoviendo de conformidad con lo solicitado, y garantizando la correcta sustanciación procesal.

Los procedimientos y formalidades requeridas incluyen la presentación por escrito en los términos señalados, con la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, y la firma del promovente. Se requiere que el escrito sea presentado en el plazo establecido para desahogar el traslado, cumpliendo con los requisitos formales de forma y fondo.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento no se especifican directamente en el fragmento, pero en general, la inobservancia de las formalidades o la falta de respuesta puede derivar en la improcedencia de la defensa o en la resolución en favor de la parte contraria, además de posibles sanciones procesales.

No se mencionan plazos, términos o vigencias específicas en el fragmento, pero se infiere que el escrito debe presentarse en el plazo establecido para desahogar el traslado del incidente.

El documento señala que la inaplicabilidad del capítulo de derecho invocado por la incidentista se fundamenta en que las razones de hecho y derecho expuestas en el desahogo de los hechos justifican