Concepto

Procedimiento arbitral en resolución de controversias de consumo

Palabras Clave

Formato Partes En Conflicto Designación Árbitro Recursos De Revocación Pruebas Documentales Plazos Procesales Notificación Por Conducto Impugnación Del Laudo Contrato Arbitraje

Resumen

El presente documento tiene por objeto constituir un Contrato de Arbitraje de carácter comercial, mediante el cual las partes involucradas acuerdan someter sus controversias a la autoridad de un árbitro designado por la Procuraduría Federal del Consumidor, en la jurisdicción y bajo las reglas establecidas en el mismo. La finalidad principal es resolver de manera expedita y definitiva las disputas derivadas de relaciones de consumo, evitando la vía judicial ordinaria.

Los sujetos jurídicos relevantes son las partes en conflicto, identificadas como actora y demandada, con sus respectivos representantes legales, y la Procuraduría Federal del Consumidor en su calidad de autoridad arbitral y de supervisión del proceso. También interviene el árbitro, quien tiene facultades decisorias y de regulación del procedimiento.

Las obligaciones y derechos en favor de las partes incluyen:

  • La aceptación de que la queja presentada por la actora sea considerada como demanda, y el informe de la demandada como contestación, en los términos acordados.
  • La obligación de aportar medios de prueba en los plazos y formas establecidos, incluyendo documentos, testimonios y peritajes.
  • La facultad del árbitro para solicitar información adicional y dictar acuerdos para subsanar omisiones, con la finalidad de regularizar el procedimiento.
  • La posibilidad de ofrecer recursos únicamente en la forma de revocación, en los términos y plazos señalados, y la aceptación de que el laudo será inimpugnable salvo por aclaración en los términos previstos.

Se establecen procedimientos y formalidades que incluyen:

  • La presentación de promociones en la Oficialía de Partes del área arbitral en horarios específicos.
  • La ratificación de quejas y respuestas en el momento procesal correspondiente, y la adición de elementos probatorios en los plazos señalados.
  • La designación y desahogo de pruebas confesionales, periciales y documentales, con regla