Concepto
Contrato de arrendamiento de inmueble rural con garantías y obligaciones
Palabras Clave
Resumen
El presente contrato tiene por objeto principal regular el arrendamiento de un inmueble de carácter rústico destinado a fines agropecuarios, especificando sus medidas, linderos y destino, en favor de la parte denominada "LA ARRENDATARIA" y en contra de "LA ARRENDADORA". La finalidad es establecer las condiciones bajo las cuales se otorga el uso del predio, garantizando derechos y obligaciones de las partes.
Los sujetos jurídicos relevantes son: "LA ARRENDADORA", quien concede en arrendamiento el inmueble; "LA ARRENDATARIA", quien recibe el inmueble y asume el uso y destino pactados; y "EL FIADOR", quien en forma solidaria e ilimitada se obliga por las obligaciones de la arrendataria, incluyendo el pago de rentas vencidas y las consecuencias legales derivadas del incumplimiento.
Las obligaciones principales incluyen: por parte de "LA ARRENDATARIA", pagar la renta mensual en tiempo y forma, destinar el inmueble para el uso pactado, no subarrendar, y comunicar por escrito cualquier mejora que realice; por parte de "LA ARRENDADORA", entregar el inmueble en condiciones y respetar los linderos y medidas especificadas. La presencia del fiador implica una obligación solidaria en caso de incumplimiento de la arrendataria.
Se establecen procedimientos y formalidades, como el pago mensual de renta por adelantado dentro de los primeros días del mes, la firma del contrato en presencia de testigos, y la obligación de informar por escrito cualquier mejora al inmueble. La jurisdicción competente para dirimir controversias será la de los tribunales de primera instancia de la ciudad señalada.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento incluyen la rescisión anticipada del contrato en caso de uso o destino diferente al pactado, así como la posible rescisión por subarrendar sin autorización. En caso de retraso en pagos, se prevé un interés moratorio mensual. Al término del contrato, si la arrendataria mantiene posesión, deberá pagar renta adicional hasta la desocupación total.
