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Contrato de Compraventa de Vehículo

Contratos civiles

Concepto

Transferencia de dominio en compraventa de vehículo automotor

Palabras Clave

Formato Sujetos: Vendedor Comprador Testigos Jurisdicción: Ordenamiento Civil Y Mercantil Procedimiento: Formalización Firma Reconocimiento Principios: Capacidad Voluntad

Resumen

El presente contrato tiene por objeto la transferencia de dominio de un vehículo automotor mediante la figura de compraventa, formalizada en cumplimiento de las disposiciones civiles y mercantiles aplicables en México. La finalidad principal es que el vendedor transmita la propiedad del bien al comprador, mediante la entrega física del vehículo y el pago del precio convenido.

Los sujetos jurídicos relevantes son el vendedor, quien declara ser el legítimo propietario del automóvil y en condiciones de enajenarlo, y el comprador, quien manifiesta su conformidad con la transmisión del dominio y su capacidad para contratar. Además, intervienen testigos que acreditan la identidad y capacidad de las partes, y que conocen la relación contractual.

Las obligaciones principales del vendedor consisten en ser el legítimo propietario del vehículo, en estado apto para su uso normal, y en transmitir la propiedad mediante la entrega del bien en las condiciones pactadas. El comprador, por su parte, se obliga a pagar la cantidad estipulada en la fecha señalada, en el lugar convenido, en moneda nacional y en contado. Asimismo, el comprador se compromete a que el vehículo cuente con el equipo especificado en la cláusula séptima, condición que puede ser requisito para la validez del contrato.

El contrato establece procedimientos formales, incluyendo la manifestación de voluntad de ambas partes en presencia de testigos, la especificación de la fecha y lugar para la entrega del vehículo y el pago del precio, así como la revisión del vehículo por un perito designado. Se señala además la formalidad de la firma y reconocimiento de capacidad en presencia de testigos, garantizando la validez del acto.

En caso de incumplimiento de cualquiera de las partes en los términos pactados, se prevé una penalidad económica fija, que deberá pagarse en moneda nacional en un plazo de días determinado, además de la posible competencia de las autoridades para la resolución de controversias sobre la exigibi