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Contrato de Crédito de Habilitación o Avío y Refaccionario

Contrato de crédito de habilitación o avío refaccionario

Concepto

Contrato de financiamiento con garantías reales y obligaciones solidarias

Palabras Clave

Formato Sujetos De Crédito Jurisdicción Competente Procedimiento De Desembolso Garantías Reales Plazos Y Vigencias Incumplimiento Y Resolución Responsabilidad Solidaria Contrato Crédito

Resumen

El presente documento tiene por objeto formalizar un contrato de crédito de habilitación o avío y refaccionario entre el Acreditante (Banco ____________, S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero ____________) y el Acreditado (sociedad mercantil), con la finalidad de financiar inversiones relacionadas con actividades agrícolas, industriales o comerciales, mediante la apertura de créditos específicos.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • El Acreditante: Banco ____________, con facultades acreditadas mediante poderes inscritos en escritura pública y con representación legal.
  • El Acreditado: Sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, con representante legal y facultades suficientes para celebrar el contrato.
  • El Co Obligado: Administrador único de la sociedad exportadora, en calidad de garante o responsable solidario.
  • Los Depositarios: Personas físicas aceptadas por el contrato para la guarda de bienes gravados, quienes asumen responsabilidades civiles y penales.

Las obligaciones principales en favor del Acreditante incluyen:

  • La apertura y desembolso de créditos refaccionario y de avío en las cantidades pactadas.
  • La utilización de los fondos exclusivamente para los fines detallados en la declaración VI.
  • La suscripción de pagarés y la entrega de comprobantes de inversión en un plazo de quince días desde la disposición.
  • La aplicación de pagos en el orden establecido (gastos, intereses, principal).
  • La observancia de los plazos y condiciones de pago, incluyendo pagos anuales, semestrales o en las fechas señaladas.
  • La constitución de garantías reales (hipoteca, prenda, etc.) sobre bienes específicos, debidamente identificados y marcados, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones.
  • La autorización para que el Acreditante pueda transmitir, descontar o ceder los pagarés ante terceros, incluyendo fondos de garantía y banca de desarrollo, con responsabilidad solidaria en caso de