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Contrato de Crédito de Habilitación o Avío y Refaccionario
Contrato de crédito de habilitación o avío refaccionarioConcepto
Contrato de financiamiento con garantías reales y obligaciones solidarias
Palabras Clave
Formato Sujetos De Crédito Jurisdicción Competente Procedimiento De Desembolso Garantías Reales Plazos Y Vigencias Incumplimiento Y Resolución Responsabilidad Solidaria Contrato Crédito
Resumen
El presente documento tiene por objeto formalizar un contrato de crédito de habilitación o avío y refaccionario entre el Acreditante (Banco ____________, S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero ____________) y el Acreditado (sociedad mercantil), con la finalidad de financiar inversiones relacionadas con actividades agrícolas, industriales o comerciales, mediante la apertura de créditos específicos.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- El Acreditante: Banco ____________, con facultades acreditadas mediante poderes inscritos en escritura pública y con representación legal.
- El Acreditado: Sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, con representante legal y facultades suficientes para celebrar el contrato.
- El Co Obligado: Administrador único de la sociedad exportadora, en calidad de garante o responsable solidario.
- Los Depositarios: Personas físicas aceptadas por el contrato para la guarda de bienes gravados, quienes asumen responsabilidades civiles y penales.
Las obligaciones principales en favor del Acreditante incluyen:
- La apertura y desembolso de créditos refaccionario y de avío en las cantidades pactadas.
- La utilización de los fondos exclusivamente para los fines detallados en la declaración VI.
- La suscripción de pagarés y la entrega de comprobantes de inversión en un plazo de quince días desde la disposición.
- La aplicación de pagos en el orden establecido (gastos, intereses, principal).
- La observancia de los plazos y condiciones de pago, incluyendo pagos anuales, semestrales o en las fechas señaladas.
- La constitución de garantías reales (hipoteca, prenda, etc.) sobre bienes específicos, debidamente identificados y marcados, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones.
- La autorización para que el Acreditante pueda transmitir, descontar o ceder los pagarés ante terceros, incluyendo fondos de garantía y banca de desarrollo, con responsabilidad solidaria en caso de
