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Contrato Individual de Trabajo a Domicilio por Tiempo Fijo o Determinado

Contratos laborales

Concepto

Contrato laboral a domicilio de duración determinada

Palabras Clave

Formato Sujetos Jurídicos Jurisdicción Laboral Procedimiento De Registro Principios De Temporalidad Plazos De Terminación Requisitos Formales Consecuencias De Incumplimiento Contrato Individual

Resumen

El presente documento tiene por objeto constituir un contrato individual de trabajo a domicilio, de carácter fijo, determinado y eventual, cuyo propósito principal es regular la relación laboral entre "EL PATRÓN" y "EL TRABAJADOR" en un contexto de prestación de servicios en domicilio particular, por un período definido y bajo condiciones específicas.

Los sujetos jurídicos relevantes son "EL PATRÓN", quien puede estar constituido conforme a las leyes mexicanas, y "EL TRABAJADOR", quien declara su identidad, nacionalidad, edad, estado civil, domicilio, sexo y conocimiento del carácter eventual y por tiempo fijo del trabajo. Además, intervienen en calidad de representantes quienes firman el contrato en nombre del patrón, y las instituciones públicas correspondientes (IMSS, INFONAVIT, SAR, Hacienda) en relación con las obligaciones de seguridad social y fiscal.

Las obligaciones y derechos de las partes se establecen en varias cláusulas:

  • "EL PATRÓN" se obliga a contratar al trabajador por un período determinado, especificando fechas de inicio y fin, y a suministrar los insumos necesarios para la ejecución del trabajo en los términos convenidos (cláusula octava).
  • "EL TRABAJADOR" se compromete a realizar las labores en el domicilio del patrón, bajo responsabilidad, observando normas de calidad y fabricación, sin supervisión permanente, y a notificar cambios de domicilio (cláusulas segunda y cuarta).
  • Se regula la jornada laboral flexible, sin horario fijo, permitiendo acomodar la jornada entre horas específicas, con un límite máximo de 48 horas semanales y prohibición de horas extras salvo acuerdo (cláusula tercera).
  • Se establece el pago de salario por unidad de obra o a destajo, según tablas anexas, garantizando que en condiciones normales el ingreso sea superior al salario mínimo, con pagos periódicos y cumplimiento de aportaciones sociales y fiscales (cláusulas quinta, sexta y séptima).
  • Se reconocen derechos laborales como días de