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Contrato Preliminar de Compraventa

Contratos civiles

Concepto

Contrato de compraventa con garantías y rescisión

Palabras Clave

Formato Obligaciones De Transferencia Jurisdicción Tlalnepantla Procedimientos Notariales Rescisión Por Incumplimiento Garantías Hipotecarias Plazos De Pago Y Entrega Condiciones De Rescisión Contrato Preliminar

Resumen

El presente contrato preliminar de compraventa tiene por objeto principal establecer los términos y condiciones bajo los cuales el promitente vendedor se obliga a transferir al promitente comprador, en un futuro cercano, la propiedad del inmueble descrito, y el comprador, a su vez, se compromete a adquirirlo en los términos pactados.

Los sujetos jurídicos relevantes son: por una parte, el promitente vendedor, quien es el propietario del inmueble y quien se obliga a transferir la propiedad; y por otra, el promitente comprador, quien manifiesta su intención de adquirir el inmueble y asume las obligaciones de pago y demás condiciones estipuladas.

Las obligaciones principales en favor del promitente vendedor incluyen: la entrega en estado de habitabilidad y terminación de la casa en el plazo convenido (cláusula cuarta); la constitución y liberación de gravámenes, incluyendo la hipoteca, en los términos acordados (cláusula decimacuarta); y la entrega de la escritura pública una vez cumplidas las condiciones de pago y demás prestaciones (cláusula sexta).

Para el promitente comprador, se establecen obligaciones de pago del precio total, el cual se fija en una cantidad determinada, y que será cubierto mediante un enganche, pagos documentados mediante pagarés, y mensualidades sucesivas con intereses calculados al doce por ciento anual (cláusula segunda). Además, debe mantener vigente una póliza de seguro contra incendio (cláusula decimatercera), y abstenerse de modificar o ceder derechos sin autorización previa (cláusula decimosexta).

El contrato regula procedimientos y formalidades, incluyendo: la entrega del inmueble en un plazo determinado, que puede prorrogarse hasta treinta días (cláusula cuarta); la firma de pagarés y la entrega de los mismos como garantía de pago (cláusula segunda); la designación de peritos para la valoración en caso de rescisión (cláusula octava); y la celebración de la escritura ante notario una vez que se hayan satisfecho las o