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Contrato de Reconocimiento de Adeudo con Garantía Prendaria y Novación

Contrato de garantías

Concepto

Reconocimiento de adeudo con garantía prendaria y procedimientos de ejecución

Palabras Clave

Formato Deudores Solidarios Jurisdicción Ciudad De México Procedimiento Ejecución Prenda Desistimiento Acciones Judiciales Avalúo Bienes En Prenda Plazo De Oposición Consecuencias Incumplimiento Contrato Reconocimiento

Resumen

El presente documento tiene por objeto formalizar un convenio de reconocimiento de adeudo con garantía prendaria y novación, en el que las partes acuerdan la existencia, reconocimiento y pago de una deuda, así como la constitución de una garantía en forma de prenda para asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas. Además, regula los procedimientos para la ejecución de la garantía, desistimientos judiciales, y la aplicación del producto de la venta de los bienes dados en prenda.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • Los deudores, quienes reconocen la deuda y se obligan solidariamente a su pago.

  • La acreedora, que es la Casa de Cambio, S. A. de C. V., Grupo Financiero, representada por su apoderado legal, quien tiene la facultad de obligar a la sociedad y de gestionar la ejecución de la garantía.

Las obligaciones y derechos principales incluyen:

  • Los deudores reconocen adeudar una suma en dinero en concepto de principal, con la posibilidad de que se devenguen intereses ordinarios mensuales al 25% anual, los cuales deben ser liquidados mensualmente en la cuenta bancaria designada.

  • La acreedora tiene la facultad de solicitar la venta de los bienes en prenda si los deudores no cumplen con los pagos, y de proceder judicialmente para ello, conforme a los procedimientos previstos en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

  • Los deudores se comprometen a desistir de acciones judiciales relacionadas con los convenios anteriores y a ratificar los desistimientos ante los tribunales correspondientes.

  • La constitución de la prenda comprende certificados de depósito y bonos endosados en garantía, con un avalúo acordado por peritos del banco avalista, y la venta de los bienes se realizará al mejor postor en caso de incumplimiento.

  • La aplicación del producto de la venta se destinará en primer lugar al pago de impuestos y responsabilidades fiscales pendientes, en segundo lugar al pago del saldo adeudado a la acreedora, y el