Concepto
Contrato de tiempo compartido para derechos de hospedaje
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del presente contrato de tiempo compartido es otorgar a “El Compartidario” el derecho de hospedaje en una unidad turística por un período de una semana anual, en temporada “alta”, durante un plazo determinado de años, con la facultad de intercambiar dicho derecho en otros desarrollos turísticos o mediante compañías de intercambios vacacionales, en condiciones de disponibilidad y sujetándose a las restricciones de temporada y fechas específicas (por ejemplo, periodos de Navidad, Año Nuevo y vacaciones oficiales). La finalidad es facilitar la utilización y el aprovechamiento de derechos de hospedaje en centros turísticos mediante un esquema de propiedad o uso compartido.
Los sujetos jurídicos relevantes son: por una parte, “El Compartidor”, que es una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, con capacidad para celebrar contratos y que posee derechos de construcción, venta y operación de unidades habitacionales en centros turísticos; y, por otra parte, “El Compartidario”, quien es la persona física que manifiesta su interés en adquirir derechos de hospedaje bajo los términos del contrato, y en algunos casos, sus herederos o causahabientes, en virtud de la cláusula de herencia.
Las obligaciones y derechos establecidos incluyen:
- Para “El Compartidor”: otorgar el derecho de hospedaje por un período definido, gestionar las reservaciones, y facturar los pagos realizados por “El Compartidario”.
 - Para “El Compartidario”: pagar el precio total del contrato, que comprende un enganche, cierre de operación y saldo en pagos mensuales; dar aviso previo (un mes) para reservar las semanas deseadas; y cumplir con las obligaciones de pago y uso.
 - Además, “El Compartidario” tiene el derecho de intercambiar su semana en otros desarrollos o mediante compañías de intercambios, sujeto a disponibilidad y condiciones de temporada.
 
Se establecen procedimientos formales, como:
- La firma del contrato en presencia de las partes, con indica
 
