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Contrato de Trabajo a Domicilio

Contratos laborales

Concepto

Contrato de trabajo a domicilio en el marco de la legislación laboral mexicana

Palabras Clave

Formato Sujetos De Derecho: Patrón Y Trabajador Jurisdicción: Junta De Conciliación Y Arbitraje Procedimientos: Terminación Y Rescisión Principios: Igualdad Y Autonomía Plazos: Antigüedad Y Vacaciones Requisitos Formales: Firma Y Registro Consecuencias: Sanciones Y Obligaciones Contrato Trabajo

Resumen

El presente documento tiene por objeto formalizar un contrato de trabajo a domicilio entre el patrón y el trabajador, estableciendo las condiciones laborales, derechos y obligaciones de ambas partes en el marco de la legislación laboral mexicana.

Los sujetos jurídicos relevantes son: por una parte, el patrón, quien puede ser una persona física o jurídica representada en los términos señalados, y por otra, el trabajador que presta sus servicios personales en su domicilio. Ambos deben acreditar su identidad, nacionalidad, edad, estado civil y domicilio, además de convenir en los términos específicos del trabajo.

Las obligaciones principales del patrón incluyen:

  • Proporcionar los materiales y útiles necesarios para la ejecución del trabajo mediante nota autorizada.
  • Pagar el salario convenido en los términos y fechas pactadas, en moneda de curso legal y en el lugar señalado.
  • Facilitar órdenes de trabajo en los días y horas establecidos.
  • Respetar los días de descanso obligatorio y días señalados en la ley, así como otorgar periodos de vacaciones pagadas tras un año de servicios.
  • Pagar el aguinaldo en proporción si el vínculo termina antes de completar el año.
  • Capacitar o adiestrar al trabajador conforme a los programas establecidos.
  • Respetar la antigüedad y registrar la fecha de ingreso del trabajador.

Por su parte, el trabajador tiene la obligación de:

  • Prestar sus servicios en el domicilio convenido, realizando la producción pactada con esmero y eficiencia.
  • Organizar su tiempo y trabajo de manera autónoma, sin vigilancia ni dirección inmediata del patrón.
  • Cumplir con las órdenes de trabajo en los días y horas señalados.
  • Firmar las constancias de pago y mantener la confidencialidad y eficiencia en la ejecución de sus tareas.

El contrato se celebra por tiempo indeterminado, estableciendo que la relación puede terminarse conforme a las causales y procedimientos previstos en la ley y en el propio contrato.

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