Concepto
Prestación de servicios laborales en modalidad a domicilio
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del presente contrato es regular la prestación de servicios laborales en modalidad a domicilio, en favor del trabajador, por parte de la empresa, en las condiciones y términos especificados en las cláusulas.
Los sujetos jurídicos relevantes son, por un lado, el empleador o empresa, representada por su representante legal, y por otro, el trabajador, quien actúa en su calidad de prestatario de servicios. Además, en su caso, interviene el sindicato de trabajadores mediante su representante.
Las obligaciones y derechos de las partes se establecen de la siguiente manera:
- La empresa se obliga a proporcionar las materias primas y elementos necesarios para la ejecución del trabajo, así como a depositarlos en el domicilio del trabajador, y a recoger periódicamente las labores realizadas.
- El trabajador se compromete a realizar la actividad en el domicilio convenido, sin vigilancia directa, siguiendo las instrucciones y condiciones pactadas, y entregando las labores terminadas.
- La empresa entregará un documento que evidencie la cantidad y clase de trabajo, materias primas entregadas, tarifas salariales, objetos elaborados, y otros aspectos relevantes.
- El sistema de retribución y su modalidad (diaria, semanal, mensual) se especifican en la cláusula correspondiente.
- La duración del contrato, las vacaciones anuales, y la jornada máxima (40 horas semanales) también quedan claramente delimitadas.
Los procedimientos y formalidades incluyen la firma del contrato en varias copias (cuadruplicado), la entrega de documentos que acrediten las condiciones del trabajo, y la referencia a la legislación vigente, particularmente la Ley Federal del Trabajo y su artículo aplicable.
En caso de incumplimiento, la estructura del machote no detalla sanciones específicas, pero por su naturaleza jurídica, la rescisión o nulidad del contrato puede derivar de incumplimientos sustanciales, en concordancia con la legislación laboral aplicable. La falta de cum
