Convenio para divorcio voluntario con disolución y liquidación de la sociedad conyugal
AcuerdosConcepto
Disolución y liquidación de sociedad conyugal mediante acuerdo judicial
Palabras Clave
Resumen
El presente convenio tiene por objeto formalizar la disolución y liquidación de la sociedad conyugal mediante un acuerdo voluntario entre los cónyuges, sometido a la aprobación del juez de lo familiar competente.
Los sujetos jurídicos relevantes son los cónyuges, quienes actúan en calidad de partes y también en calidad de responsables de las obligaciones y derechos derivados del convenio, así como los menores hijos, en tanto beneficiarios de las disposiciones relativas a la guarda, custodia y pensión alimenticia.
Se establecen obligaciones y derechos específicos en favor de las partes, tales como:
- La guarda y custodia de los hijos a favor de la madre, durante y después del proceso.
 - La conservación de la patria potestad por ambos cónyuges.
 - La obligación del señor de pagar una pensión alimenticia mensual, en cantidad y condiciones precisadas, hasta que los hijos alcancen cierta edad.
 - La determinación de las residencias de los cónyuges y la propiedad de los bienes, incluyendo la asignación de inmuebles y la designación de un liquidador de la sociedad conyugal.
 - La facultad del señor para visitar a los menores y llevarlos de vacaciones, condicionada a la autorización escrita de la madre para salidas fuera del país.
 - La presentación de inventario y avalúo de los bienes sociales, con la participación de un perito designado.
 
Las formalidades incluyen la firma del convenio por los cónyuges y su sometimiento a la aprobación judicial, así como la presentación de inventarios y avalúos en los procedimientos de liquidación.
Respecto a las consecuencias jurídicas por incumplimiento, el documento no especifica penalidades, pero la aprobación judicial implica la validez y obligatoriedad del acuerdo, cuya ejecución puede ser exigida en vía judicial. La falta de cumplimiento de las obligaciones pactadas, como el pago de pensiones o la observancia de las visitas, puede dar lugar a acciones legales correspondientes.
No se señalan plazos, términos o vig
