Concepto
Convenio de divorcio voluntario con regulación de guarda, bienes y pensión alimenticia
Palabras Clave
Resumen
El presente convenio tiene por objeto formalizar los términos y condiciones del divorcio voluntario entre los cónyuges, incluyendo la separación de bienes y la regulación de aspectos relacionados con la guarda, custodia, patria potestad, pensión alimenticia, uso de vivienda y visitas a los menores hijos. Su finalidad principal es obtener la aprobación judicial del acuerdo alcanzado, en conformidad con el artículo __________ del Código Civil correspondiente.
Los sujetos jurídicos relevantes son los cónyuges ___________________ y ___________________, quienes celebran el convenio, y los menores hijos del matrimonio, respecto de quienes se establecen derechos y obligaciones. También participan como beneficiarios directos de la pensión alimenticia y de la guarda y custodia, y en algunos casos, la madre o el padre en calidad de propietaria de los bienes o viviendas señaladas.
Las obligaciones principales en favor de los menores incluyen la guarda y custodia confiada a la madre , así como la percepción de una pensión alimenticia mensual de $ (___), que el señor ______________________ se obliga a pagar en el domicilio de la madre y en los primeros días de cada mes, durante y después del proceso y sentencia definitiva, hasta que los hijos cumplan _____________ años. La obligación de pagar pensión constituye un compromiso de carácter alimentario, con carácter periódico y de cumplimiento obligatorio, y su incumplimiento puede acarrear acciones judiciales para su cumplimiento forzado.
Se establecen derechos y facultades en favor del padre _______________________, quien podrá visitar a los menores en cualquier momento y llevarlos de vacaciones dentro del territorio nacional, requiriendo consentimiento escrito de la madre para salidas al extranjero. La relación de los menores con ambos progenitores en materia de visitas y convivencia se regula mediante estas cláusulas, garantizando el interés superior del menor.
En materia de bien
