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Convenio Regulador de Separación con Liquidación de Régimen de Bienes Mancomunados

Acuerdos

Concepto

Acuerdo de separación y liquidación de sociedad con disposiciones familiares y patrimoniales

Palabras Clave

Formato Guarda Y Custodia Liquidación De Bienes Obligaciones Alimenticias Condiciones Suspensivas Procedimiento Judicial Plazos De Revisión Consecuencias Incumplimiento Convenio Regulador

Resumen

El presente documento tiene como objeto principal formalizar un Convenio Regulador de Separación con Liquidación de Régimen de Bienes Mancomunados, con aspectos relativos a la existencia de hijos menores y pensión compensatoria. Su finalidad es establecer de manera consensuada las disposiciones patrimoniales, familiares y de convivencia tras la separación, así como regular las obligaciones y derechos de las partes.

Los sujetos jurídicos relevantes son los cónyuges comparecientes, quienes actúan en su propio nombre y derecho, y en algunos casos, en representación de sus hijos menores de edad, quienes permanecen bajo su guarda y custodia. Además, intervienen las instituciones de autoridad y las entidades financieras en caso de liquidación de bienes.

Las obligaciones y derechos establecidos comprenden:

  • La no interferencia en la vida y actividades del otro y la autorización recíproca para establecer o cambiar de domicilio.
  • La atribución del domicilio conyugal a la cónyuge y la retirada de bienes del domicilio por parte del esposo.
  • La guarda y custodia de los hijos menores a favor de la madre, con un régimen de comunicación y visitas para el padre, incluyendo fines de semana alternos, periodos vacacionales (Navidad, Semana Santa, verano), y la posibilidad de visitas adicionales.
  • La posibilidad de comunicación telefónica entre el padre y los hijos.
  • La contribución económica en concepto de pensión alimenticia, fijada en una cantidad mensual, con revisión anual basada en el porcentaje de aumento o disminución del salario del obligado.
  • La aportación a gastos extraordinarios médico-sanitarios, farmacéuticos y materiales escolares.
  • La renuncia expresa a pensión compensatoria por ambas partes.
  • La liquidación de la sociedad de gananciales, especificando los bienes y deudas que la integran, y la adjudicación de bienes a cada cónyuge, incluyendo la **condición de deudor exclusivo y obligaciones