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Convenio de Terminación de la Relación de Trabajo

Acuerdos

Concepto

Extinción de la relación laboral mediante convenio y laudo ejecutoriado

Palabras Clave

Formato Recibo Finiquito Liquidación Laboral Laudo Ejecutoriado Representación Legal Procedimiento Formal Renuncia De Acciones Obligaciones Patrón Convenio Terminación

Resumen

El presente documento tiene por objeto formalizar la terminación de la relación individual de trabajo entre “EL TRABAJADOR” y “EL PATRON” mediante un convenio de terminación que recoge el acuerdo mutuo de ambas partes para dar por concluido el vínculo laboral en términos de la legislación laboral mexicana.

Son sujetos jurídicos relevantes en este acto: por una parte, “EL TRABAJADOR”, quien recibe una liquidación y firma el recibo finiquito; y por otra, “EL PATRON”, representado por la persona que firma en calidad de representante legal, quien realiza la entrega de la cantidad líquida adeudada.

Las obligaciones principales del patrón comprenden la entrega de la suma líquida adeudada por concepto de salarios devengados, prestaciones legales y contractuales, así como la certificación de dicha entrega mediante la firma de un recibo finiquito en favor del trabajador. Además, “EL PATRON” exhibe en el acto la cantidad entregada en efectivo, cheque o transferencia bancaria, solicitando la certificación de la entrega.

Por su parte, “EL TRABAJADOR” manifiesta su conformidad con la cantidad recibida, extendiendo el recibo finiquito en este acto, y renuncia a ejercer acciones futuras en contra del patrón, tanto laborales como civiles o de otra índole. Asimismo, declara que durante la relación laboral no sufrió riesgos de trabajo.

El procedimiento formal requiere que las partes ratifiquen el acuerdo en la ciudad y fecha señaladas, y que la firma del convenio sea elevada a la categoría de “LAUDO EJECUTORIADO” conforme a los artículos 33, 53 fracción I, 982, 983, 987 y 990 de la Ley Federal del Trabajo, para su validez y ejecución.

El documento establece que, en caso de incumplimiento, las partes reconocen que el convenio tiene carácter de sentencia ejecutoriada, y que su cumplimiento es obligatorio. La firma de ambas partes en presencia de testigos o representantes, y la ratificación en la ciudad y fecha indicadas, constituyen formalidades esenciales para la valide