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Cumplimiento de Ejecutoria

Derecho agrario

Concepto

Procedimiento de cumplimiento de sentencia de amparo

Palabras Clave

Formato Tribunal Colegiado Ejecutoria De Amparo Acto Reclamado Resolución De Cumplimiento Notificación A Partes Formalidades Procesales Consecuencias Por Incumplimiento Cumplimiento Ejecutoria

Resumen

El presente documento tiene por objeto dar cumplimiento a una ejecutoria emitida por un Tribunal Colegiado en materia de amparo, en relación con un acto reclamado consistente en un acuerdo que resolvió no admitir a trámite una demanda de prescripción positiva sobre una superficie de metros cuadrados ubicada en un ejido del Estado correspondiente.

Los sujetos jurídicos relevantes son el Tribunal Colegiado, el Tribunal Federal y el quejoso (parte actora), quienes intervienen en el procedimiento y en la ejecución de la resolución judicial.

Se establecen las obligaciones y facultades del Tribunal, en particular, la de dejar insubsistente el acto reclamado, dictar una nueva resolución en los términos que se indican, y comunicar el cumplimiento de la ejecutoria al Tribunal Colegiado mediante remisión de copia autorizada. Asimismo, se contempla la facultad del Tribunal para dejar sin efectos el acto reclamado y emitir una nueva resolución en los términos señalados.

El procedimiento implica la revisión y cumplimiento de la ejecutoria, mediante la resolución de un acuerdo de cumplimiento, que deja sin efectos el acto reclamado y ordena la emisión de un nuevo acto en los términos que se especifican. Además, se requiere la notificación a las partes y la remisión de copia autorizada al Tribunal Colegiado para dar por cumplida la ejecutoria.

Las formalidades incluyen la firma del Magistrado y del Secretario de Acuerdos, así como la notificación a las partes, garantizando la validez y la oficialidad del acto.

Respecto a las consecuencias jurídicas por incumplimiento, el documento no especifica sanciones directas, pero al tratarse de un cumplimiento de ejecutoria, el incumplimiento podría implicar la continuación de las acciones legales o la nulidad de actos posteriores que contravengan la resolución.

No se establecen plazos específicos en el fragmento, aunque la estructura sugiere que la notificación y remisión de la copia deben realizarse en un plazo razonable