Concepto
Recurso de revisión y requisitos de validez
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del fragmento es definir y precisar los requisitos que deben cumplirse para que un agravio en el recurso de revisión sea considerado válido, estableciendo los elementos necesarios para que la parte recurrente pueda fundamentar y motivar adecuadamente su queja contra una resolución judicial.
Los sujetos jurídicos relevantes son la parte recurrente (que interpone el recurso de revisión) y la autoridad judicial que emitió la resolución impugnada.
Las obligaciones en favor de la parte recurrente consisten en precisar claramente en su escrito qué parte de la sentencia combate, citar el precepto legal que considera violado y exponer un razonamiento jurídico concreto que sustente la infracción alegada.
El procedimiento o trámite requerido implica la presentación del recurso de revisión cumpliendo con los requisitos formales señalados, específicamente la identificación precisa del agravio, la cita legal y la fundamentación jurídica adecuada, conforme a la jurisprudencia citada.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento de estos requisitos pueden derivar en la inadmisión del recurso de revisión, ya que la falta de precisión y fundamentación adecuada impide que el órgano jurisdiccional analice el fondo del agravio y, por ende, afecta la validez del recurso.
No se especifican plazos, términos o vigencias en este fragmento, dado que su enfoque es la definición de los requisitos sustantivos del agravio en revisión.
No se mencionan excepciones, condiciones suspensivas u otros supuestos especiales en este extracto.
La relación con figuras jurídicas generales se establece en el contexto del recurso de revisión como medio de impugnación de sentencias, enmarcado en las reglas de la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, y con otras cláusulas del proceso que regulan la correcta interposición y fundamentación de recursos.
En síntesis, el fragmento establece los requisitos esenciales para que el agravio en la revisión
