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Declaración Ministerial del Inculpado Despojo
Pruebas en l el sistema penal acuasatorioConcepto
Declaración ministerial del imputado en investigación penal
Palabras Clave
Formato Derechos Constitucionales Del Imputado Formalidades De Declaración Representación Legal Y Defensor Autoridad Ministerial Como Fedatario Procedimiento De Identificación Reserva Del Derecho De Intervención Validez Y Constancia De La Declaración Declaración Ministerial
Resumen
El objeto principal del documento es realizar una declaración ministerial del inculpado en el contexto de una investigación penal, específicamente una manifestación voluntaria respecto a hechos que se le imputan, en presencia de un representante social y con respeto a sus derechos constitucionales.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- El imputado o persona que declara, quien es informado de su condición y derechos.
- El Agente Investigador del Ministerio Público, encargado de conducir la diligencia.
- El defensor de oficio, quien asiste y representa legalmente al imputado.
- Los testigos de asistencia, que autorizan y firman en constancia.
- La autoridad ministerial que da fe y firma la diligencia.
Las obligaciones y derechos en favor del imputado incluyen:
- Ser informado de sus derechos constitucionales (artículo 20, fracciones II, IV, VI y VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
- Declarar voluntariamente, con la opción de guardar silencio, sin que ello sea utilizado en su perjuicio.
- Acceder a los registros de la investigación y a la asistencia de un defensor, incluso desde el momento de su detención.
- Ser informado de la imputación y del nombre del denunciante o querellante.
- La facultad de designar un defensor particular o aceptar uno de oficio.
Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:
- La identificación del imputado mediante documento con fotografía.
- La lectura de derechos constitucionales y la explicación de la naturaleza de la declaración.
- La formulación de la declaración ministerial en presencia del defensor, quien puede reservarse el derecho a intervenir en el momento procesal oportuno.
- La firma y/o huella dactilar del imputado y del defensor, así como la firma del Agente del Ministerio Público y testigos, para constancia y validez.
- La intervención del defensor de oficio, quien manifiesta su intención de reservarse derechos.
- La finalización d
