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Demanda de Amparo Contra Orden de Aprehensión

Amparo indirecto

Concepto

Protección judicial contra orden de aprehensión arbitraria

Palabras Clave

Formato Amparo Indirecto Autoridades Responsables Suspensión Provisional Requisitos Constitucionales Plazos Procesales Derecho A La Libertad Fundamentación Y Motivación Demanda Amparo

Resumen

El objeto principal del documento es solicitar la protección de la justicia federal mediante un amparo indirecto contra una orden de aprehensión y su ejecución, que se consideran arbitrarias y violatorias de derechos constitucionales del quejoso. La finalidad es evitar la privación de libertad sin los requisitos legales establecidos en los artículos 14 y 16 constitucionales.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • El quejoso, quien interpone la demanda en su propio nombre, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones y autorizando a un representante legal (licenciado).
  • Las autoridades responsables: las ordenadoras (Procurador General de la República y Procurador General de Justicia del Distrito Federal) y las ejecutoras (Director General de Policía Judicial Federal y del Distrito Federal, así como el Director General de Policía y Tránsito del Distrito Federal).
  • No existen terceros perjudicados en el presente caso.

Las obligaciones, derechos o facultades en favor del quejoso incluyen:

  • El derecho a que se le garantice su libertad personal, conforme a los preceptos constitucionales.
  • La facultad de solicitar la suspensión provisional y definitiva de los actos reclamados, en particular la orden de aprehensión y su ejecución, mediante el trámite del amparo.
  • La obligación de las autoridades responsables de fundar y motivar sus actos, y de cumplir con los requisitos constitucionales para la emisión y ejecución de órdenes de aprehensión.

Los procedimientos y formalidades requeridas comprenden:

  • La presentación de la demanda de amparo en los términos establecidos en la Ley de Amparo, señalando domicilio y autorizando representante.
  • La solicitud de suspensión provisional y, en su caso, definitiva, conforme al artículo 130 de la Ley de Amparo.
  • La admisión de la demanda por el juez de Distrito, y la fijación de día y hora para la audiencia constitucional.
  • La exposición de hechos, conceptos de violación y fundamento