Demanda para la Constitución de Patrimonio de Familia por Causa de Alimentos
Alimentos parte 2Concepto
Constitución de patrimonio familiar por alimentos y protección del inmueble
Palabras Clave
Resumen
El objeto principal del documento es solicitar la constitución de patrimonio de familia por causa de alimentos, mediante una demanda dirigida al Juez de lo Familiar en turno del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, con el fin de proteger un inmueble destinado a vivienda familiar y que forma parte del patrimonio del demandado.
Los sujetos jurídicos relevantes son la parte actora (quien promueve la demanda, en ejercicio de la patria potestad y en calidad de esposa y madre de menores), el demandado (propietario del inmueble y cónyuge del actor), y los menores hijos del matrimonio, cuyos vínculos familiares se acreditan mediante actas de nacimiento.
Las obligaciones, derechos o facultades establecidas en favor de la parte actora incluyen la solicitud de la declaración judicial de constitución del patrimonio familiar sobre un inmueble determinado, que actualmente es propiedad del demandado y está libre de gravámenes, así como la protección del uso y disfrute del inmueble para la familia, en particular para los menores.
En cuanto a los procedimientos y formalidades, el documento establece la presentación de la demanda por escrito, acompañada de documentos probatorios (actas de matrimonio, nacimiento, testimonio notarial, avalúo, certificado de libertad de gravamen), la notificación y emplazamiento del demandado mediante traslado y copia simple, y la prevención para que el demandado se abstenga de enajenar o gravar el inmueble objeto del proceso. Además, se prevé la instrucción del juicio, la dictación de sentencia definitiva y la inscripción del patrimonio de familia en el Registro Público de la Propiedad.
Las consecuencias jurídicas por incumplimiento o en caso de resolución favorable incluyen la constitución formal del patrimonio familiar sobre el inmueble, con efectos de protección y exclusión del caudal patrimonial para ciertos efectos, además de la inscripción registral correspondiente. La omisión de la protección solicitada podría dejar al
