Concepto

Procedimiento ejecutivo mercantil por letra de cambio

Palabras Clave

Formato Endosatario En Procuración Vía Cambiaria Directa Artículos 1090-1095 Código De Comercio Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito Embargo Precautorio Plazos Procesales Requisitos Formalidad Documento Demanda Ejecutiva

Resumen

El objeto principal del documento es promover una demanda ejecutiva mercantil basada en una letra de cambio como título de crédito, ejercitando la vía cambiaria directa para reclamar el pago de una cantidad determinada, intereses moratorios y gastos procesales. La finalidad es obtener la ejecución forzosa del pago mediante los procedimientos establecidos en la legislación mercantil y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Los sujetos jurídicos relevantes son el actor, quien actúa en calidad de endosatario en procuración del beneficiario original, y el demandado, quien es la persona obligada al pago en virtud del documento cambiario. Además, interviene un representante legal debidamente autorizado, generalmente un Licenciado en Derecho con Cédula Profesional registrada, que gestiona la demanda en nombre del actor.

Las obligaciones establecidas en favor del actor comprenden el pago de la cantidad determinada en la letra de cambio, los intereses moratorios hasta la total satisfacción de la deuda, y los gastos y costas procesales derivados de la tramitación del juicio. En contraparte, el demandado tiene la obligación de pagar en los términos y plazos señalados en el título cambiario, o en su defecto, responder en la vía ejecutiva mercantil.

El procedimiento se rige por los artículos 1090 al 1095 del Código de Comercio, además de los artículos 1391 al 1396 y 1410 del mismo código, y por las disposiciones específicas de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, incluyendo los artículos 150, fracción II, 151 y 152, y en su caso, el 170 si el documento base es un pagaré. La demanda debe acompañarse de las pruebas documentales y otros medios probatorios, y se solicita la admisión, el requerimiento de pago, el embargo precautorio y el emplazamiento al demandado para que comparezca y conteste.

Las consecuencias jurídicas por incumplimiento del demandado incluyen la **embargo de bienes suficiente