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Demanda Ejecutiva Mercantil con Cheque como Base de la Acción

Juicio ejecutivo mercantil

Concepto

Procedimiento ejecutivo mercantil por impago de cheque

Palabras Clave

Formato Demandante Demandado Representación Legal Embargo De Bienes Notificación Plazos Procesales Pruebas Y Formalidades Demanda Ejecutiva

Resumen

El objeto principal del presente documento es la interposición de una demanda ejecutiva mercantil con base en un cheque impagado, con la finalidad de exigir el pago de las prestaciones reclamadas, incluyendo principal, intereses, indemnización y gastos procesales. La finalidad es obtener una resolución judicial que condene al demandado al cumplimiento de dichas obligaciones.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • El actor, quien actúa en su propio derecho y en representación del licenciado autorizado, con la facultad de gestionar y recibir notificaciones.

  • La parte demandada, identificada por su domicilio y librador del cheque.

  • El profesionista autorizado (licenciado) que representa al actor, debidamente registrado y con facultades para intervenir en el proceso, interponer recursos y realizar actos de defensa en su nombre.

Las obligaciones en favor del actor consisten en:

  • El pago de la cantidad correspondiente al valor del cheque, especificada en la demanda.

  • La indemnización equivalente al 20% de la cantidad principal, conforme al artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

  • El pago de intereses vencidos y los que se sigan generando, a una tasa mensual establecida.

  • El pago de gastos y costas del proceso.

En cuanto a las facultades, se establecen:

  • La autorización del representante legal para gestionar el proceso y recibir notificaciones.

  • La facultad del juez para requerir al demandado el pago inmediato, y en caso de incumplimiento, ordenar el embargo de bienes suficientes para garantizar la ejecución.

  • La solicitud de reconocimiento de personalidad y poderes del representante.

Los procedimientos y formalidades incluyen:

  • La admisión de la demanda en la vía ejecutiva mercantil, con orden de requerimiento al demandado para el pago.

  • La notificación al demandado y la apertura del período para que conteste la demanda.

  • La posibilidad de practicar pruebas, y en su caso,