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Demanda de Investigación de la Paternidad

Juicio de filacion

Concepto

Procedimiento judicial de reconocimiento de filiación paterno-filial

Palabras Clave

Formato Acción De Estado Civil Prueba Pericial Científica Modificación Registros Civiles Notificación Por Edictos Autoridad Judicial Competente Derechos Filiatorios Rectificación Acta De Nacimiento Demanda Investigación

Resumen

El objeto principal del documento es promover una demanda de investigación de la paternidad mediante la vía ordinaria civil, con la finalidad de obtener el reconocimiento judicial de la relación paterno-filial entre un menor y un presunto padre, así como la modificación del acta de nacimiento y registros relacionados. La finalidad última es que el menor sea reconocido legalmente por el presunto padre y que se establezcan sus derechos filiatorios.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • La promovente, en calidad de madre y representante del menor.
  • El menor, como beneficiario directo de la acción.
  • El presunto padre, cuya identidad se ignora y contra quien se ejercita la acción.
  • Los tutores, designados en caso de que el menor requiera representación, en este caso, la señora que se señala como tutora.
  • La autoridad judicial, competente para conocer y resolver la controversia.
  • La autoridad registral, encargada de modificar los registros civiles y de población en caso de sentencia favorable.

Las obligaciones, derechos y facultades en favor de las partes incluyen:

  • La promovente tiene el derecho de solicitar la declaración judicial de paternidad, la rectificación del acta de nacimiento y la modificación de registros en el registro civil y en la base de datos del registro nacional de población.
  • El presunto padre tiene la facultad de oponerse o defenderse en el proceso, y en caso de ser localizado, debe ser emplazado y comparecer en juicio.
  • La autoridad judicial tiene la obligación de admitir, tramitar y resolver la demanda conforme a derecho, decretando las pruebas pertinentes y ordenando las diligencias necesarias.
  • La autoridad registral está obligada a realizar las anotaciones y modificaciones en los registros civiles y en la base de datos del CURP, una vez que exista una resolución judicial firme.

El procedimiento establecido comprende:

  • La promoción de la demanda en la vía ordinaria civil,