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Demanda de Pensión Alimenticia cuando el Demandado tiene Depósitos Bancarios Suficientes
Alimentos parte 2Concepto
Procedimiento de reclamación de pensión alimenticia garantizada mediante depósitos bancarios
Palabras Clave
 Formato  Obligación Alimenticia  Medidas Cautelares  Depósitos Bancarios  Pruebas Documentales  Competencia Juzgado Familiar  Plazos Procesales  Ejecución Automática  Demanda  Pensión 
Resumen
El objeto principal del documento es promover una demanda de pensión alimenticia en el ámbito del Derecho Familiar, específicamente cuando el demandado dispone de depósitos bancarios suficientes para garantizar el cumplimiento de la obligación alimenticia.
Los sujetos jurídicos relevantes son:
- La parte actora (quien promueve la demanda, generalmente la madre o quien tenga la tutela de los menores),
 - El demandado (persona con la obligación de proporcionar alimentos y con depósitos bancarios identificados),
 - Los testigos que presencian los hechos,
 - Las instituciones bancarias a las que se dirige el oficio para el aseguramiento de fondos.
 
Las obligaciones en favor de la parte actora comprenden:
- La obtención de una pensión alimenticia para los menores y la propia solicitante,
 - El aseguramiento de la pensión, mediante oficio dirigido a la institución bancaria para que se restrinja la disposición de fondos y se efectúen descuentos automáticos,
 - La reclamación de gastos y costas derivados del proceso judicial.
 
En cuanto a los derechos y facultades, la parte actora puede:
- Solicitar medidas provisionales, como la fijación y aseguramiento de la pensión alimenticia, incluyendo la prohibición de retiro de fondos en la cuenta bancaria del demandado,
 - Ofrecer pruebas (confesional, documentales públicas y privadas, testimonial, instrumental, presuncional), y
 - Solicitar la citación del demandado para que comparezca personalmente a la audiencia de desahogo de pruebas.
 
Los procedimientos y formalidades incluyen:
- La presentación formal de la demanda en la vía familiar, con la identificación del domicilio y la autorización de abogados,
 - La oferta de pruebas en los términos establecidos por la ley, incluyendo la confesional, documental, testimonial y pericial, entre otras,
 - La solicitud de medidas cautelares como el aseguramiento de fondos mediante oficio a la in
 
