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Demanda de Reconocimiento de Ejidatario

Modelos en materia agraria

Concepto

Reconocimiento legal de la calidad de ejidatario mediante procedimiento judicial

Palabras Clave

Formato Partes Demandantes Y Demandadas Jurisdicción Agraria Pruebas Confesionales Testimonial Y Documental Plazos Procesales Y Recursos Legales Requisitos Formales De La Demanda Reconocimiento Y Registro En Padrón Ejidal Consecuencias De Rechazo O Incumplimiento Demanda

Resumen

El objeto principal del documento es promover un reconocimiento legal de la calidad de ejidatario en favor del actor, mediante una demanda judicial dirigida a la Asamblea General de Ejidatarios y el Comisariado Ejidal del ejido correspondiente. La finalidad es obtener el reconocimiento formal y registral de dicha calidad, así como la condonación de gastos y costas del proceso.

Los sujetos jurídicos relevantes son:

  • El actor, como parte demandante, quien solicita el reconocimiento de su condición de ejidatario.
  • La Asamblea General de Ejidatarios y el Comisariado Ejidal, como las instituciones demandadas responsables de otorgar o negar el reconocimiento.
  • Los testigos y peritos que puedan ser llamados en el proceso, además de los documentos particulares y actas de asamblea que sirven como medios de prueba.

Las obligaciones en favor del actor incluyen:

  • La constancia y reconocimiento legal de su calidad de ejidatario, fundamentada en hechos probatorios y en la ley agraria.
  • La respetuosa comparecencia y colaboración de los sujetos demandados en el proceso, incluyendo la confesión y la presentación de pruebas.
    Las obligaciones en carga de los demandados comprenden:
  • La contestación de la demanda y la participación en las pruebas confesionales, testimonial, documental e inspección judicial.
  • La reconocimiento formal del actor como ejidatario en caso de que las pruebas sean favorables.

Los procedimientos y formalidades requeridas incluyen:

  • La presentación formal de la demanda ante el tribunal competente, señalando domicilio y autorizando apoderados.
  • La ofrecimiento y práctica de pruebas: confesionales (de los órganos del ejido), testimonial (de terceros), inspección judicial (sobre la posesión y cultivo), y documental privada (relacionada con créditos).
  • La citación personal a los sujetos confesionales y testigos, con apercibimientos legales en caso de inc